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Transporta hasta 3 bicicletas de forma segura y conveniente con el portabicicletas de maletero Peruzzo New Cruiser. Con su diseño de maletero y fácil instalación, disfruta de la libertad de llevar tus bicicletas en cada aventura.
Sistema universal para el transporte de 3 bicis en la mayoría de vehículos, fácil montaje.
Sólido y seguro.
CUMPLE CON LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
1 - No tapa la placa de matrícula, ni las luces del vehículo.
2 - El soporte superior no apoya sobre partes blandas del vehículo como alerones, ni sobre la luneta.
3 - No sobrepasar el ancho del vehículo, entendiendo este por la distancia entre el extremo exterior existente entre ambos retrovisores.
INFORMACION SOBRE LA LEGISLACION VIGENTE EN ESPANA:
El artículo 15 del Reglamento General de Circulación no autoriza el uso de portabicicletas que excedan la planta del vehículo, no obstante fruto de múltiples recursos la aplicación de esta legislación se ha flexibilizado según se recoge en el número 139 de la revista <>, correspondiente a noviembre-diciembre99 y órgano oficial de la Dirección General de Tráfico, publicaba en la página 5 el siguiente texto (bajo título de <>), que recogemos y transcribimos (sic) a continuación:
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Para evitar la incongruencia de sancionar la instalación de dispositivos homologados o legalizados a través de la reforma de importancia, si el vehículo supera una ITV que evidencia que el acoplamiento no afecta a la seguridad de la circulación, no se sancionará a los que cumplan estas condiciones y no limiten la eficacia de los dispositivos de alumbrado y señalización o placa de matrícula, y no se apoyen en el dispositivo de remolque.>>
CUMPLE CON LAS SIGUIENTES CONDICIONES:
INFORMACION SOBRE LA LEGISLACION VIGENTE EN ESPANA:
El artículo 15 del Reglamento General de Circulación no autoriza el uso de portabicicletas que excedan la planta del vehículo, no obstante fruto de múltiples recursos la aplicación de esta legislación se ha flexibilizado según se recoge en el número 139 de la revista, correspondiente a noviembre-diciembre99 y órgano oficial de la Dirección General de Tráfico, publicaba en la página 5 el siguiente texto , que recogemos y transcribimos (sic) a continuación:
Para evitar la incongruencia de sancionar la instalación de dispositivos homologados o legalizados a través de la reforma de importancia, si el vehículo supera una ITV que evidencia que el acoplamiento no afecta a la seguridad de la circulación, no se sancionará a los que cumplan estas condiciones y no limiten la eficacia de los dispositivos de alumbrado y señalización o placa de matrícula, y no se apoyen en el dispositivo de remolque.